La Unión Europea, que no sólo es economía, también actúa para conseguir de manera definitiva una igualdad de sexos efectiva y real. Y, para ello, se dota de los siguientes medios:
- El Instituto Europeo para la Igualdad de Género, cuyo principal objetivo es el de promover la igualdad de género en toda la Unión Europea, luchando contra la discriminación sexual y garantizar la igualdad de género.
- Carga de la prueba en los casos de discriminación basada en el sexo, a partir de la Directiva europea 97/80/CE, por la que cuando la parte demandante aporte ante un tribunal de justicia u otra instancia competente elementos de hecho que permitan suponer la existencia de una discriminación, corresponda a la parte demandada demostrar que no ha existido vulneración del principio de igualdad.
- La Directiva 2004/113/CE , por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro. Esto implica la prohibición de discriminación por razón se sexo en el acceso a cualquier tipo de servicio o suministro, incluso en el caso de los seguros.
- La Directiva 2006/54/CE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, por la que se prohíbe las discriminaciones directas e indirectas entre los hombres y las mujeres en lo que respecta a las condiciones de: contratación, acceso al empleo o trabajo no remunerado; despido; formación y promoción profesional; afiliación a las organizaciones de trabajadores o empresarios.
- La orden europea en favor de las víctimas de la violencia de género, que garantiza la protección de las mujeres maltratadas cuando se trasladen a otro estado miembro, manteniendo las medidas de seguridad impuestas en un Estado europeo.
- La futura nueva Directiva europea, que obligará a las empresas a que cuenten con cuotas femeninas del 40% en sus Consejos de Administración para el 1 de enero de 2020 y 1 de enero de 2018 en el caso de las empresas públicas.
Sea dicho que aunque los puntos citados anteriormente se refieren exclusivamente a sólo algunas de las medidas que la UE ha adoptado recientemente para garantizar esta igualdad de género en la UE, también la Unión ha aprobado otra serie de medidas que se refieren exclusivamente a la protección de las mujeres en otros ámbitos, tales como:
- El total compromiso de la UE para seguir combatiendo e intentar erradicar la mutilación genital femenina en todo el mundo.
- La promulgación de un Código práctico encaminado a combatir el acoso sexual en el trabajo.
- Lucha contra la violencia, la explotación sexual y la trata de mujeres.
- La Directiva 96/34/CE, con el objetivo de establecer disposiciones mínimas sobre el permiso parental y la ausencia del trabajo por motivos de fuerza mayor, y trata de conciliar la vida profesional y familiar y promover la igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres.
- Las continuas reivindicaciones del Parlamento Europeo a favor de la igualdad de género, así como su constante petición para que todos los países de la UE se sumen al Convenio sobre violencia de género.
- Las continuas estrategias y proyectos de la UE por garantizar la igualdad de género en todos los ámbitos.
Fuente: http://blogeuropeo.eu